sentencia greenfarm cultivar marihuana

El juez absuelve al presidente de la asociación cannábica ‘Greenfarm’, acusado de un delito contra la salud pública por cultivar marihuana

  • Andoni Azcarraga Luaces, presidente de la asociación con sede en Eibar ‘Greenfarm’ (Asociación de Usuarios Terapéuticos y Lúdicos de Cannabis de Euskadi), ha sido absuelto por un juzgado de San Sebastián tras ser acusado de un supuesto delito contra la salud pública por cultivar plantas de marihuana para el consumo de sus socios. Tenemos la sentencia completa del caso.
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La sentencia favorable al presidente de la asociación cannábica 'Greenfarm', Andoni Azcarraga Luaces, dictada hace unas semanas, pone de manifiesto su inocencia tras haber sido acusado de un delito contra la salud pública por cultivar 611 plantas de marihuana. El magistrado, después de la vista que tuvo lugar el 16 de septiembre de 2014, ha considerado que la acusación no es suficiente para acreditar que la plantación de marihuana cometiera alguna ilegalidad.

El caso contra el presidente de esta asociación de usuarios de marihuana comenzó en octubre de 2012, cuando los agentes de la Ertzaintza tuvieron conocimiento de la existencia de la plantación en nueve invernaderos y procedieron a incautar las plantas de cannabis. La Fiscalía de Gipuzkoa reclamaba la pena de año y medio de prisión y una multa de 20.000 euros a la que, finalmente, Luaces no tendrá que hacer frente.

Por un lado, la asociación (que se había constituido en 2009 de acuerdo a la normativa vigente) afirma en sus estatutos que su intención es facilitar a los usuarios de cannabis, tanto terapéutico como recreativo, el acceso a un consumo responsable, controlado, legal y siempre con carácter individual. Todo ello con el fin de adecuarse a la ley y de dar valor a una cultura "positiva, responsable y enriquecedora" como la cannábica.

Además, en esos estatutos la asociación también establecía que los destinatarios de ese cultivo solo podían ser personas que se identificaran como usuarias antes de optar a la condición de socios o que hubieran sido diagnosticadas con alguna enfermedad que requiriera medicación basada en marihuana terapéutica. Todo ello mientras no hubiera riesgo de que esos socios fomentaran un consumo indiscriminado por parte de terceras personas.

El juez no ha encontrado motivos para considerar que el consumo de ese cannabis se hiciera más allá de lo establecido. Por eso ha determinado que un caso como el de Greenfarm no supone un riesgo para los que no consumen marihuana de forma habitual, ya que en este caso el cultivo y consumo de la planta se producía dentro del propio grupo.

Por otro lado, José Echeverría declaró ser propietario del lugar donde se encontraban los invernaderos, y admitió haberlos arrendado para que la asociación pudiera cultivar la marihuana destinada a sus socios. Ese cultivo de marihuana, de acuerdo con lo establecido, era vigilado por los socios colaboradores, que se comprometían a recoger su parte con una periodicidad de uno, tres o seis meses.

Además, los 384 miembros de la asociación sostenían económicamente el cultivo, y según la sentencia, las plantas de cannabis estaban siendo destinadas directa y exclusivamente al consumo de los socios, que no daban ninguna contraprestación económica (más allá de su contribución a los gastos).

Respecto al tamaño de la plantación, con 611 plantas, el juez considera en su resolución que es el adecuado para abastecer a todas las personas inscritas en la asociación.

Por otro lado, el consumo tenía lugar en la propia sede de Greenfarm o en domicilios privados de cada usuario, y Greenfarm seguía la normativa que prohíbe dispensar más de 2 gramos diarios (o 60 gramos mensuales) a cada socio. Dada esa limitación, el cultivo de Greenfarm no sobrepasaba lo necesario para abastecer de forma suficiente a todos sus asociados.

'Greenfarm' contaba incluso con un perito encargado de medir la previsión de cultivo de cannabis que sería necesaria, y dicha previsión se cumplió. Al no haber podido demostrar la acusación ilegalidad alguna, y en virtud de su presunción de inocencia, el acusado ha sido absuelto de todos los cargos.

A continuación podéis leer la sentencia completa del caso.

05/02/2015

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