Farmacéuticos en España recurren al Supremo la exclusión de las farmacias del marco del cannabis medicinal

  • Por primera vez en la historia, España cuenta desde octubre de 2025 con un nuevo marco legal para el uso medicinal del cannabis.
  • A pesar del tan esperado hito, la ley ha creado controversia entre pacientes y organizaciones por sus evidentes limitaciones, entre ellas, la exclusividad de elaboración y dispensación de fórmulas magistrales de cannabis al entorno hospitalario.
  • En este nuevo contexto, los farmacéuticos han elevado al Supremo la petición de ampliar la venta de los medicamentos a base de cannabis también a las farmacias.

El nuevo decreto que autoriza el cannabis medicinal para tratar un número limitado de dolencias (espasticidad por esclerosis múltiple, formas graves de epilepsia refractaria, náuseas/vómitos por quimioterapia y dolor crónico refractario), deja fuera, por el momento, a la red de farmacias comunitarias, lo que genera gran preocupación entre farmacéuticos y pacientes.

Después de su publicación en el BOE, se fijó un plazo de tres meses para que la AEMPS (Agencia Española del Medicamentos y Productos Sanitarios), publicara las monografías clínicas que concretan indicaciones, dosis y pautas de cada fórmula. Algo que sucedió hace unos días. 

Los farmacéuticos critican que el modelo planteado restringe innecesariamente el acceso: las farmacias de barrio no pueden dispensar cannabis medicinal, lo que obliga a los pacientes a desplazarse a hospitales para recibir el tratamiento.

También asociaciones de pacientes han expresado su preocupación por si esta limitación supondrá problemas de abastecimiento en la práctica.

Los farmacéuticos toman acciones legales

Ante esta situación, dos organizaciones del sector farmacéutico han llevado la disputa a la vía judicial. En diciembre de 2025 la Confederación Empresarial de Oficinas de Farmacia de Andalucía (CEOFA) presentó un recurso contencioso-administrativo contra el Real Decreto 903/2025.

Pocas semanas después, el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos (CGCOF) presentó otro recurso similar ante el Tribunal Supremo.

Ambos recursos se dirigen específicamente contra el artículo 8 del decreto, que reserva la elaboración y dispensación de preparados magistrales de cannabis exclusivamente a las farmacias hospitalarias. Las asociaciones que recurren el decreto justifican su apelación sobre todo en razones de acceso y competencia.

En palabras de CEOFA, el decreto "incurre en un exceso reglamentario" al contradecir la ley de garantías de los medicamentos, pues "limita indebidamente una actividad que la ley no restringe".

Afirman que la norma excluye a las farmacias comunitarias "de manera injustificada y carente de motivación técnica" al reducir al ámbito hospitalario la participación en la elaboración y dispensación de dichos medicamentos cannábicos.

El CGCOF, por su parte, alerta de que no existe "ningún tipo de razón sanitaria, jurídica o de seguridad" que justifique que el cannabis medicinal solo se dispense en hospitales. Estas organizaciones recuerdan además que las oficinas de farmacia ya manejan otros fármacos muy controlados (por ejemplo, opioides) con estricta vigilancia, por lo que la exclusión actual parece arbitraria.

Las claves jurídicas del recurso contra el Real Decreto del cannabis medicinal

Las dos organizaciones detallan varios argumentos clave en sus escritos:

  • CEOFA (farmacias andaluzas) denuncia que el RD 903/2025 invade competencias autonómicas en materia farmacéutica. Recuerda que la legislación vigente ya reconoce la capacidad de las farmacias comunitarias para elaborar fórmulas magistrales (según el Formulario Nacional) cuando disponen de medios adecuados.Por tanto, alega que esta limitación excluye "injustificadamente" a las oficinas de farmacia de funciones que la ley no prohíbe, reservándolas solo a los hospitales.
  • CGCOF (farmacias comunitarias) destaca la falta de justificación técnica. En su comunicado subraya que no hay razones sanitarias ni de seguridad para impedir la dispensación en la red de farmacias. Según esta organización, limitar la dispensación al ámbito hospitalario agrava las dificultades para los pacientes (especialmente los que viven lejos de un hospital), complicando el acceso a tratamientos aprobados para enfermedades graves.
  • Argumento común: ambas entidades señalan que la amplia red de farmacias comunitarias garantiza accesibilidad y equidad territorial, ofreciendo una atención farmacéutica cercana y profesional, incluso en zonas rurales. Restringir estas funciones "sin base legal ni técnica" constituye, en palabras de CEOFA, "una traba innecesaria al acceso de los pacientes" a tratamientos potencialmente beneficiosos.

¿Qué sucede a partir de ahora? Plazos y próximos pasos

Tras la presentación de los recursos, la Sala Tercera del Tribunal Supremo deberá admitir a trámite ambos casos y resolver si el Real Decreto 903/2025 es conforme a derecho. Los procesos contencioso-administrativos pueden prolongarse meses o años, especialmente en temas complejos como normativas sanitarias. De momento, la notificación en el BOE ha abierto el periodo de personación (nueve días) para que otros actores interesados (como podrían ser asociaciones de pacientes o el propio Ministerio de Sanidad), puedan sumarse al litigio.

Publicación de las monografías clínicas de la AEMPS: un paso clave para la aplicación real de la ley

La AEMPS acaba de publicar las monografías correspondientes en el Formulario Nacional, cumpliendo así con el requisito legal necesario para que los tratamientos con cannabis medicinal puedan empezar a prescribirse dentro del sistema sanitario español.

 

Su publicación supone un avance fundamental, ya que proporciona a médicos especialistas y farmacéuticos hospitalarios una base técnica y legal clara sobre la que trabajar. Sin embargo, también confirma el enfoque restrictivo de la regulación: las monografías no contemplan el uso de flores, el autocultivo terapéutico ni la dispensación en farmacias comunitarias.

En la práctica, esto significa que el cannabis medicinal en España comienza a ser una realidad regulada, pero limitada a un modelo muy controlado, que deja fuera a buena parte de los pacientes que ya utilizaban cannabis con fines terapéuticos por otras vías.

La publicación de las monografías no cierra el debate, pero sí marca el inicio de una nueva etapa: la del despliegue clínico real del cannabis medicinal, con la posibilidad de que, en el futuro, estas guías técnicas se amplíen y evolucionen conforme avance la evidencia científica y la experiencia clínica.

Tanto pacientes como asociaciones llevan años reclamando una regulación más abierta y la disputa judicial actual refleja el pulso entre un control centralizado estricto y la demanda de accesibilidad real. El desenlace definirá hasta qué punto la sanidad española apuesta por una mayor integración del cannabis medicinal o mantiene un modelo muy limitado, al menos en esta primera fase de su legalización.

12/01/2026

Comentarios de nuestros lectores

Aún no hay comentarios. ¿Quieres ser el primero?

¡Deja un comentario!

Contacto

x
Contacta con nosotros