- Los pacientes españoles llevan años atrapados en una desagradable paradoja: el país es uno de los mayores productores de cannabis medicinal del mundo, pero los pacientes siguen sin poder acceder legalmente a la planta o a sus preparados.
- Un aparente sinsentido difícil de digerir para quienes necesitan esta herramienta terapéutica en su día a día.
En los últimos meses el debate ha dado un paso más con la publicación de un proyecto de Real Decreto del Ministerio de Sanidad, que por fin plantea un marco regulador. La pregunta es inevitable: ¿Estamos más cerca de la regulación del cannabis medicinal en España o seguimos atrapados en un "casi, pero no"?
Qué permite la ley española sobre el uso del cannabis medicinal hoy
Aunque parezca inverosímil dado el avance regulatorio en Europa, en España no existe una ley general de cannabis medicinal. El consumo de la planta con fines terapéuticos no está regulado como en otros países europeos y del resto del mundo.
Lo que sí que existen son dos medicamentos autorizados:
- Sativex, un preparado con THC y CBD en formato de spray bucal, indicado para la espasticidad en pacientes con esclerosis múltiple.
- Epidyolex, una solución oral de cannabidiol aprobada para epilepsia refractaria en síndromes como Lennox-Gastaut o Dravet.
Ambos cuentan con autorización de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) y se dispensan con receta, pero su acceso es restringido, caro y limitado a ciertos casos.
En paralelo, la AEMPS concede licencias para cultivar cannabis medicinal en España, pero la mayor parte de esa producción se destina a exportación e investigación, no al mercado interno. Es decir, se cultivan toneladas de cannabis con estándares farmacéuticos, pero los pacientes españoles apenas pueden beneficiarse.
El proyecto de Real Decreto: una regulación en camino
El gran cambio esperado durante décadas por muchos llegó en 2024, cuando el Ministerio de Sanidad sometió a información pública un proyecto de Real Decreto para regular las llamadas fórmulas magistrales tipificadas con preparados estandarizados de cannabis.
Dicho de forma más sencilla, se trata de legalizar preparados farmacéuticos elaborados a partir de cannabis, que podrían ser recetados y dispensados en hospitales.
Según el borrador, estas fórmulas estarían indicadas para un número muy limitado de patologías:
- Epilepsia refractaria grave.
- Espasticidad derivada de esclerosis múltiple.
- Náuseas y vómitos inducidos por quimioterapia.
- Dolor crónico (cuando los tratamientos habituales no funcionan).
En el futuro marco legal en proceso, solo médicos especialistas podrían prescribir estas recetas y la dispensación se haría exclusivamente en farmacias hospitalarias.
Cronología del borrador: del papel al BOE (y lo que queda por delante)
Muchos se preguntan cuál es el estado actual del incipiente marco legal que parece que no acaba de llegar, para aclarar dudas, aquí tienes paso a paso la cronología de este borrador de ley:
Pasos realizados hasta ahora:
- Consulta pública (febrero–marzo 2024): Sanidad abrió un buzón para recoger aportaciones sobre cómo debía regularse el cannabis medicinal. Pacientes, médicos, comunidades autónomas y asociaciones enviaron sus propuestas.
- El borrador al descubierto (septiembre–octubre 2024): el 30 de septiembre de 2024 se publicó el borrador del Real Decreto, que estuvo abierto a alegaciones durante tres semanas.
- El filtro europeo (enero–abril 2025): el borrador viajó a Bruselas, la Comisión Europea lo revisó y abrió un periodo para comentarios. España cumplió el trámite y recibió observaciones, aunque ninguna bloqueante.
- Revisión en el Consejo de Estado (septiembre 2025): el pasado 18 de septiembre el Consejo de Estado revisó el texto, señaló aspectos técnicos y devolvió sus observaciones.

Dónde estamos hoy
El borrador ya ha pasado consulta ciudadana, revisión europea y dictamen del Consejo de Estado. En otras palabras: el texto está maduro y preparado para ser aprobado. ¿Qué falta entonces?
- Luz verde en el Consejo de Ministros: el Gobierno debe aprobar el Real Decreto en una de sus sesiones semanales.
- Publicación en el BOE: hasta que no aparezca en el Boletín Oficial, la norma no existe a efectos prácticos.
- Monografías oficiales de la AEMPS: tras la entrada en vigor, la Agencia deberá publicar las fórmulas magistrales para que hospitales y laboratorios puedan fabricarlas con seguridad y calidad.
Las lagunas que quedan abiertas
Aunque el borrador es un paso histórico, tanto asociaciones de pacientes como de activistas, argumentan que su alcance está muy lejos de cubrir las demandas reales de los pacientes:
- La flor seca queda fuera: el Real Decreto no contempla el uso de cogollos o partes enteras de la planta para consumo medicinal. Esto deja de lado a quienes encuentran alivio precisamente en el cannabis inhalado o vaporizado, una práctica reconocida en otros países.
- Nada de autocultivo con fines terapéuticos: quizá este sea el punto que más ampollas ha levantado, ya que en el borrador no hay rastro de una vía legal para que los pacientes puedan cultivar su propio cannabis.
- Cobertura incierta: no queda claro si estos preparados estarán cubiertos por la Seguridad Social. Si no lo están, los costes podrían ser un nuevo obstáculo para los pacientes.
- Capacidad del sistema: otra duda que surge es si los hospitales y laboratorios farmacéuticos tienen la capacidad real para abastecer la demanda. La falta de monografías oficiales y protocolos claros añade incertidumbre.
En resumen: el decreto abre una puerta, pero con bastantes candados aún puestos.
Europa: el espejo en el que mirarse
El contraste con otros países europeos cada vez se vuelve más evidente. Alemania cuenta desde 2017 con una regulación que permite a los médicos recetar cannabis medicinal en distintas presentaciones, incluidas las flores secas, con cobertura de los seguros de salud. Portugal también permite a los pacientes acceder a preparados estandarizados, mientras que en el Reino Unido la prescripción es posible aunque la práctica siga siendo limitada.
Estos son algunos ejemplos de una larga lista de países Europeos que ya han regulado el cannabis para uso medicinal desde hace tiempo; tanto es el desfase español respecto al resto de Europa que en algunos ya se está legalizando el cannabis para uso recreacional, como en Alemania, Malta, o República Checa.
Esto, sumado al hecho de que la ONU y la OMS hayan reconocido en los últimos años los usos terapéuticos del cannabis, añade más presión internacional.
El impacto para los pacientes
A día de hoy, muchos pacientes siguen dependiendo del mercado negro o de asociaciones para conseguir canabis medicinal; productos que compran sin garantías de calidad ni acompañamiento médico.
Con el Real Decreto, una parte de esos pacientes podrá acceder a preparados regulados, pero solo en entornos hospitalarios y bajo condiciones estrictas. El resto seguirá en un limbo legal, recurriendo a vías informales.
Los colectivos de pacientes lo tienen claro: agradecen que se dé un paso, pero insisten en que la regulación debe ser más amplia, inclusiva y accesible, porque las necesidades reales no se limitan a cuatro patologías ni a un solo formato de consumo.
España se encuentra en una fase decisiva: el borrador del Real Decreto marca la primera vez que el Estado se compromete a regular el cannabis medicinal de forma nacional. Sin embargo, todavía estamos lejos de una regulación completa. El reto para los próximos años será ampliar este marco inicial hacia un modelo más justo, eficaz y acorde con la evidencia científica.
Actualización (7 de octubre de 2025): En el momento de la redacción de este artículo, la ley que regula el uso del cannabis medicinal en España aún no había sido aprobada por el Consejo de Ministros. No obstante, el pasado martes 7 de octubre, el Gobierno dio luz verde a su legalización, marcando un hito histórico para el acceso regulado a tratamientos con cannabis en el país.
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